Glosario Digital de Lengua de Señas Mexicana

Bienvenida

El Glosario Digital de Lengua de Señas Mexicana (GDLSM), es un sitio creado por el Instituto de las Personas con Discapacidad de la Ciudad de México (INDISCAPACIDAD CDMX) y las organizaciones de la sociedad civil representantes de la comunidad sorda para ser un apoyo pedagógico y de consulta para aquellas personas interesadas en conocer la Lengua de Señas Mexicana (LSM).

Objetivo

Facilitar la comprensión y difusión de la Lengua de Señas Mexicana (LSM) mediante una herramienta virtual accesible y amigable para la comunidad sorda y quienes interactúan con ella.

Alcance

El GDLSM se compone de aproximadamente 700 videos metodológicamente divididos en 19 categorías temáticas. Éste podrá ser consultado de manera gratuita desde cualquier dispositivo electrónico con acceso a internet por la comunidad de personas sordas, personas intérpretes de la LSM, profesionales de la educación y personas servidoras públicas, así como personas investigadoras y estudiantes.

Organizaciones participantes

Agradecemos a todas las organizaciones que fueron parte del Glosario Digital en Lengua de Señas Mexicana.

Instituto de las Personas con Discapacidad de la Ciudad de México

INDISCAPACIDAD

Manos en Movimiento A.C.

Asociación de Deportes para Sordos del Distrito Federal, A.C.

Asociación de Sordos del Distrito Federal, A.C.

Federación Mexicana de Sordos, A.C.

FEMESOR

Coalición de Personas Sordas, A.C.

COPESOR

Federación de Sordociegos Nacional de México

Unión Nacional de Sordos de México, A.C.

UNSM

Movimiento en Defensa de la Educación Bilingüe para Sordos

MEBISOR

Este proyecto se realizó con recursos del Gobierno de la Ciudad de México, su reproducción total o parcial requiere de la autorización del Instituto de las Personas con Discapacidad de la Ciudad de México. Su elaboración y contenido responde a los principios de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que reconoce la Lengua de Señas como un medio esencial de comunicación, tal como establece el Artículo 2, que define la comunicación incluyendo la lengua de señas; el Artículo 24, que facilita el aprendizaje de la lengua de señas y promueve la identidad lingüística de las personas sordas; y el Artículo 30, que reconoce y promueve la utilización de lenguas de señas en la comunicación. Asimismo, a lo estipulado por la Constitución Política de la Ciudad de México en su Artículo 11, inciso G, que prevé la adopción de las medidas necesarias para salvaguardar el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, garantizando los principios de inclusión y accesibilidad. Toda vez que al promover la LSM, se busca la calidad de los servicios públicos y fomentar la participación de las personas en todos los ámbitos de la vida.


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